La Opinión de A Coruña).
Para centrar datos, los bienes demaniales SI son de Dominio Público; es más, son bienes «demaniales» porque SON de Dominio Público. Los otros «bienes» de la Administración son bienes «Patrimoniales»; es decir: de titularidad pública (pertenecen a la Administración) pero NO son de «dominio Público»; lo cual, por ejemplo, significa que el Concello podría «venderlos».
Los bienes demaniales se caracterizan porque sirven al uso general (por ejemplo, una calle, una playa o un río) o a un servicio público (por ejemplo, un hospital o una sede administrativa).
Lo que sí ocurre es que el hecho fundamental que convierte a un bien en demanial es la afectación, que consiste en destinarlo a alguna de las dos finalidades que hemos mencionado. El instrumento para llevar a cabo la afectación puede ser una ley (por ejemplo, la Ley de Costas) o un acto administrativo.
Deduce el Interventor que se podría crear esa afectación con ese acto administrativo, por ejemplo, la fijación de un precio público (el mítico euro que llegaron a valer las Cajas de Ahorro); que podría llevarse a cabo en la próxima reunión de la Xunta de Goberno.
Nada de eso tiene que ver con que la parcela del Maxi pueda ser o no un bien «demanial»… lo que sí está claro es que es una especie de «mal» o, si acaso, un bien «endemoniado».
El contrato de la concesión de la ORA (por supuesto negociado y sin publicidad) ya está firmado.
Si no lo solucionan pronto, veremos al cobrador con «cojonera» cobrando el euro directamente… con una cadenita en la puerta; que tampoco estaría tan mal.
El Concello de Oleiros sólo puede recaudar el dinero procedente de la ORA en aquellas zonas en las que el aparcamiento se produce en Dominio Público: calzadas, caminos, aparcamientos públicos…
La parcela del Maxi, de titularidad privada, aunque está cedida por sus propietarios para este fin, se considera un bien «Demanial» (al menos… segun el informe del que se hace eco 3 Comentario
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Alejandra Castro de la Fuente
Pero eso es privado no? Como van a cobrar… Es que es ilógico!!
Alice Boheme
Cobrar por aparcar en una escombrera….donde se vio tal cosa?
Bng Oleiros
Desde o BNG alertamos a principios de agosto do ano pasado que o cobro da ORA por estacionar na parcela do Maxi era ilegal porque contraviña (e contravén) a ordenanza municipal vixente. Non o recordamos agora con ningún afán de, como dicía o outro, dicir «nós xa o dixemos» ou «xa estábamos nós antes». Simplemente coa intención de facer memoria histórica: uns días despois de denuncialo comezaron as festas en Santa Cruz. E o goberno municipal gardou un clamoroso silencio diante da nosa denuncia (curioso, cando o alcalde adoita ser sempre tan locuaz). Mais, polo que fose, en plenas festas a ORA desapareceu da parcela do Maxi e alí estacionar deixou de ser de pago. Evidentemente, ás caladas recoñeceron a ilegalidade. Total, que se hai alguén sancionad@ por estacionar DENTRO da parcela a nosa recomendación é que presente o correspondente recurso. Ten as de gañar.